El Ministerio de Sanidad tiene previsto poner en marcha, en el primer trimestre de este año, un nuevo sistema para que las familias puedan acoger niños de diferentes comunidades, según ha podido saber ABC de fuentes gubernamentales. Hasta ahora, solo era posible acoger menores dentro de la misma autonomía, excepto discapacitados y dos o más hermanos.
Con esta medida, el Gobierno pretende encontrar la familia más adecuada para cada menor, «cuando no exista una familia en la Comunidad autónoma a la que pertenece y no tenga otros familiares más cercanos». Este mecanismo es similar al que existe en la Organización Nacional de Trasplantes.
Sistema solidario
Este sistema «solidario fomenta la familia y favorece la cohesión territorial», según las fuentes consultadas, y se articulará en torno a una plataforma digital, en la que todas las autonomías volcarán sus datos. Ello permitirá más transparencia y accesibilidad a la información. El objetivo es conseguir «que las familias dispuestas a acoger puedan ser localizadas y propuestas, tan pronto como el niño entra en el sistema, e impedir que entren en residencias».
La iniciativa ha sido consensuada con las comunidades autónomas en el seno de la Comisión Interautonómica de Infancia y Familia, celebrada en junio de 2017.
La medida va encaminada a fomentar la sensibilización ante el acogimiento, dar más garantías a los menores de ser acogidos por una familia, «que es el mejor recurso de protección que se les puede dar», y más seguridad, no solo a los niños, sino también a las familias, «al establecer un sistema más coordinado».
Estos cambios en el sistema de acogimiento se suman a los que ya se realizaron en 2015. Entonces, se eliminó el impedimento legal para que fuera necesario el asentimiento de los padres biológicos, «si transcurren dos años sin que hayan intentado revocar dicha situación».
Igualmente, se priorizaron las medidas de acogimiento familiar frente a las soluciones institucionales. La intervención del juez ya no es preceptiva, se creó el Estatuto del Acogedor Familiar; y, antes de que la entidad pública proponga al juez la constitución de la adopción, se podrá iniciar un periodo de convivencia entre el menor y la familia considerada idónea, de manera que los niños permanezcan en una familia y «se les evite pasar por un centro de acogida».
Con esta reforma del sistema de protección a la infancia se concedieron mayores garantías en los procesos de adopción. A partir de 2015, los menores tienen que «ser escuchados por las entidades públicas antes de que se emita cualquier resolución que pudiera afectarles» y «no podrá adoptar quien haya sido privado de la patria potestad o tenga alguno de sus hijos bajo la guarda o tutelaadministración, como sucedía antes».